Los Guardas Rurales celebran su 170 aniversario

10 de noviembre de 1849, una fecha llena de simbología y muy emotiva para una profesión y un sector, los Guardas Rurales de Seguridad Privada.
Para conocerles un poco mejor reseñar que:
El Guarda Rural pertenece al personal de seguridad privada y ejerce funciones de vigilancia y protección de la propiedad en las fincas rústicas en España.
Los GUARDAS RURALES vienen regulados en las leyes; Ley 5/2014 De Seguridad Privada. La ley de Enjuiciamiento Criminal en su artículo 283.6. En el código penal el artículo 554 En la Ley 1/1970 De caza y pesca ESTATAL en su artículo 40 como policía de caza y en su Reglamento.
A diferencia del vigilante de seguridad, el Guarda Rural es la única figura dentro de seguridad privada, junto a sus especialidades, que puede ejercer su actividad de forma autónoma sin pertenecer a ninguna empresa de seguridad.
Desde la FTSP-USO Federal, les enviamos nuestra felicitación.