Sentencia a favor de un trabajador sobre ‘Conciliación vida personal y familiar’ (Plan de Igualdad) en contra de Segurex 06 S.L.
El JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 4 DE BADAJOZ SENTENCIA:
Contra la empresa SEGUREX 06, SL, sobre conciliación de la vida personal y familiar del trabajador D.C.A.
NOTA: Es aplicable a la relación laboral el Convenio Sectorial de Seguridad Privada.
La empresa alegó que el servicio al que está adscrito el trabajador finaliza el día 15 de agosto de 2020 y el periodo de 9 meses desde el nacimiento, respecto del que ha de hacerse el cómputo, finaliza el día 9 de septiembre.
Sin embargo, el plan de igualdad no establece esta limitación que la empresa pretende aplicar para el cálculo del permiso y su concesión, por lo que no procede aplicarlo, sin perjuicio de que, si finalizase la relación laboral entre las partes el día 15 de agosto de 2020, deban compensarse los días de exceso concedidos, al liquidar la relación laboral, o sea la nueva concesionaria del servicio, en su caso, la que deba asumir el permiso concedido, como se realiza en estos supuestos respecto de otros conceptos, como los días de permiso o las vacaciones no disfrutadas, sin que esta cuestión deba resolverse en el presente procedimiento.
La empresa ademas alegó; que el programa informático de gestión no permite conceder el permiso más allá de los días reconocidos al trabajador, pero se trata de una cuestión meramente formal e instrumental, ajena al Derecho Laboral que, evidentemente, no puede condicionar el disfrute del derecho del trabajador.
Al no haberse alegado y probado por la empresa que existan dificultades organizativas en la empresa para que el trabajador pueda disfrutar los días restantes, hasta los 18 previstos en el plan de igualdad, en las fechas propuestas en la demanda, procede fijar como días de disfrute del resto del permiso de lactancia del trabajador los días 27 al 31 de julio.
FALLO
Estimo la demanda presentada contra la empresa SEGUREX 06, SL. Por ello, se declara que el trabajador demandante tiene derecho a 18 días de permiso, en concepto de lactancia por el nacimiento de su hija el día 5 de diciembre de 2019, de los que le restan 5, que disfrutará de los días 27 al 31 de julio de 2020.